DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DE LA PROVINCIA DE SAN MARCOS - DEMUNA
Horario:
Lunes a Viernes: 08:00 a.m. a 05:45 p.m.
Profesional responsable:
Dr. Julio Arbildo Chávarry.
Cel:
948626014 – 958512414 – 957401110.
Dirección:
Jr. Moore N.º 118 – San Marcos.
Correo:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
¿QUÉ ES LA DEMUNA?
La DNA es un servicio gratuito y especializado que forma parte del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño, Niña y Adolescente, funciona en los gobiernos locales, en instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil. Tiene como finalidad contribuir al ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes para su protección integral, actuando conforme a lo establecido en el Código de los Niños y Adolescentes y demás normas aplicables al servicio.
La DNA actúa en las instancias administrativas de las instituciones públicas y privadas de atención a las niñas, niños y adolescentes. Cuando la DNA está a cargo de un gobierno local se denomina Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente (DEMUNA).
La atención es gratuita y sobre todo confidencial.
ATENCIÓN INTEGRAL
El servicio de las DNA se basa en un modelo de atención integral que consiste en la actuación sobre las causas que limitan o evitan el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, mediante:
- La restitución de los derechos vulnerados, en el marco de sus competencias.
- El desarrollo o fortalecimiento de las capacidades en las niñas, niños y adolescentes.
- El desarrollo de las competencias parentales.
FUNCIONES
De acuerdo al D.L. 1377, que modifica el art. 45 del Código de los Niños y adolescentes.
- Promover o desarrollar acciones de prevención y atención de situaciones de vulneración de derechos de las niñas, niños y adolescentes para hacer prevalecer su interés superior y contribuir al fortalecimiento de las relaciones con su familia, y su entorno comunal y social.
- Difundir e informar sobre los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes.
- Efectuar conciliación extrajudicial especializada sin necesidad de constituirse en centros de conciliación, emitiendo actas que constituyen título ejecutivo en materia de alimentos.
- Disponer la apertura de cuentas de consignación de pensión de alimentos derivada de los acuerdos conciliatorios que haya celebrado.
- Promover la inscripción de nacimientos y solicitarla en caso de orfandad o desprotección familiar, con conocimiento de la autoridad competente.
- Promover la obtención del documento nacional de identidad, coordinando con el registro nacional de identificación
- Promover el reconocimiento voluntario de niñas, niños y adolescentes, y con dicha finalidad están facultados a elaborar actas de compromisos siempre que alguno de los progenitores solicite hacer constar dicho reconocimiento voluntario de filiación extrajudicial.
- comunicar o denunciar las presuntas faltas, delitos o contravenciones en contra de niñas, niños y adolescentes, a las autoridades competentes.
- Ejercer la representación procesal en los procesos por alimentos y filiación, según lo establecido en el código procesal civil.
- Comunicar a las autoridades competentes las situaciones de riesgo o desprotección familiar que sean de su conocimiento.
PRINCIPIOS:
- Legalidad.
- Interés.
- Niño/a y adolescente como sujeto de derecho.
- Participación.
- Especialidad.
- Gratuidad.
- Confidencialidad de la información.
- Imparcialidad.
- Impulso de oficio.
LA CONCILIACIÓN EN DEMUNA
Es un mecanismo legal orientado a la solución de conflictos familiares.
Se busca promover un acuerdo voluntario entre las partes. MATERIAS CONCILIABLES
- Alimentos
- Tenencia, y
- Régimen de Visitas.
La DNA celebra conciliaciones sólo en materia de alimentos, tenencia y régimen de visitas a favor de niñas, niños y adolescentes, aportando a la construcción de una cultura de paz y al fortalecimiento de las relaciones familiares.