HORARIO DE ATENCIÓN
Lunes a Viernes
8:00 AM - 12 M y 2:00 PM - 5:45 PM
Teléfono:  (076) 558022

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DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DE LA PROVINCIA DE SAN MARCOS - DEMUNA

DEMUNA RES

 

Horario:
Lunes a Viernes: 08:00 a.m. a 05:45 p.m.

Profesional responsable:
Dr. Julio Arbildo Chávarry.

Cel:
948626014 – 958512414 – 957401110.

Dirección:
Jr. Moore N.º 118 – San Marcos.

Correo:
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¿QUÉ ES LA DEMUNA? 

La DNA es un servicio gratuito y especializado que forma parte del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño, Niña y Adolescente, funciona en los gobiernos locales, en instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil.  Tiene como finalidad contribuir al ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes para su protección integral, actuando conforme a lo establecido en el Código de los Niños y Adolescentes y demás normas aplicables al servicio.

La DNA actúa en las instancias administrativas de las instituciones públicas y privadas de atención a las niñas, niños y adolescentes. Cuando la DNA está a cargo de un gobierno local se denomina Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente (DEMUNA).

La atención es gratuita y sobre todo confidencial.

ATENCIÓN INTEGRAL 

El servicio de las DNA se basa en un modelo de atención integral que consiste en la actuación sobre las causas que limitan o evitan el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, mediante:

  1. La restitución de los derechos vulnerados, en el marco de sus competencias.
  2. El desarrollo o fortalecimiento de las capacidades en las niñas, niños y adolescentes.
  3. El desarrollo de las competencias parentales.

FUNCIONES

De acuerdo al D.L. 1377, que modifica el art. 45 del Código de los Niños y adolescentes.

  • Promover o desarrollar acciones de prevención y atención de situaciones de vulneración de derechos de las niñas, niños y adolescentes para hacer prevalecer su interés superior y contribuir al fortalecimiento de las relaciones con su familia, y su entorno comunal y social.
  • Difundir e informar sobre los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes.
  • Efectuar conciliación extrajudicial especializada sin necesidad de constituirse en centros de conciliación, emitiendo actas que constituyen título ejecutivo en materia de alimentos.
  • Disponer la apertura de cuentas de consignación de pensión de alimentos derivada de los acuerdos conciliatorios que haya celebrado.
  • Promover la inscripción de nacimientos y solicitarla en caso de orfandad o desprotección familiar, con conocimiento de la autoridad competente.
  • Promover la obtención del documento nacional de identidad, coordinando con el registro nacional de identificación
  • Promover el reconocimiento voluntario de niñas, niños y adolescentes, y con dicha finalidad están facultados a elaborar actas de compromisos siempre que alguno de los progenitores solicite hacer constar dicho reconocimiento voluntario de filiación extrajudicial.
  • comunicar o denunciar las presuntas faltas, delitos o contravenciones en contra de niñas, niños y adolescentes, a las autoridades competentes.
  • Ejercer la representación procesal en los procesos por alimentos y filiación, según lo establecido en el código procesal civil.
  • Comunicar a las autoridades competentes las situaciones de riesgo o desprotección familiar que sean de su conocimiento.

PRINCIPIOS:

  1. Legalidad.
  2. Interés.
  3. Niño/a y adolescente como sujeto de derecho.
  4. Participación.
  5. Especialidad.
  6. Gratuidad.
  7. Confidencialidad de la información.
  8. Imparcialidad.
  9. Impulso de oficio.

LA CONCILIACIÓN EN DEMUNA 

Es un mecanismo legal orientado a la solución de conflictos familiares. 

Se busca promover un acuerdo voluntario entre las partes. MATERIAS CONCILIABLES

  • Alimentos
  • Tenencia, y
  • Régimen de Visitas.

La DNA celebra conciliaciones sólo en materia de alimentos, tenencia y régimen de visitas a favor de niñas, niños y adolescentes, aportando a la construcción de una cultura de paz y al fortalecimiento de las relaciones familiares.

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